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AUTOMATIZACIÓN EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES DEL MAR

Digitalización en la Administración

01/03/2022

ISM al día

Ana Díaz
Fachada del ISM

Tanto los medios informáticos disponibles como el propio ordenamiento jurídico avanzan en el desarrollo de la Administración electrónica con la que se pretende afrontar nuevos retos y hacer una gestión más ágil. Se entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público. Así, en la automatización de los procedimientos administrativos basta el sello electrónico de un organismo para que el procedimiento tenga validez.

El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 130 la posibilidad de que se adopten y notifiquen resoluciones automatizadas en los procedimientos de gestión de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social previstas en la misma, excluidas las pensiones no contributivas. A tal fin, dicho artículo dispone que debe establecerse, mediante resolución de la Dirección del Instituto Social de la Marina, el procedimiento de que se trate y el órgano competente para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, ha de indicarse el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.


 

SELLO ELECTRÓNICO

El Instituto Social de la Marina tiene desde julio de 2021 su propio sello electrónico que puede utilizar en las actuaciones y procedimientos de la entidad incorporados a la sede electrónica de la Seguridad Social. También en cualquier otro que requiera su identificación en la actuación administrativa automatizada.

El pasado 25 de enero, el BOE publicó la Resolución del Instituto Social de la Marina, de 17 de enero, que regula la automatización de determinados actos del ISM en los procedimientos para el reconocimiento de algunas de las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. La Resolución determina las prestaciones afectadas que son las que se tramitan a través de las aplicaciones PRESMAR ALFA e INCA.

En la tramitación de estas prestaciones se empleará el sello electrónico del ISM para la firma de la resolución del procedimiento y de las comunicaciones de actos de trámite, lo que significa que dichos actos no vendrán firmados por los directores provinciales del organismo sino automáticamente con el sello electrónicode la entidad. A efectos de impugnación de la resolución emitida de forma automatizada será responsable el director provincial en cuyo ámbito territorial tenga su domicilio el interesado.

La medida afecta a la gestión de las prestaciones de muerte y supervivencia, tramitadas por la aplicación ALFA, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado del menor, por la aplicación INCA y la jubilación, por PRESMAR. Según la subdirectora general de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, Covadonga Jiménez, “la Resolución beneficia a los ciudadanos en la simplificación del procedimiento, acortando tiempos en la resolución del expediente y teniendo a disposición la notificación en la SEDE”. 

Al aprobarse o denegarse la prestación (en los casos de INCA y PRESMAR) se enviará al interesado un SMS con un enlace para que pueda consultar la resolución en la Sede electrónica de la Seguridad Social sin esperar a la recepción de la notificación, siempre que tenga cl@ve permanente o certificado electrónico”.

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