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Cotizaciones sociales 2026
Suben de media un 2,64% en todo el litoral
29/01/2026
ISM
ISM al día
Ana Diaz

El pasado 27 de enero se publicó en el BOE la Orden ISM/31/2026, de 23 de enero, que establece las bases de cotización a la Seguridad Social de los afiliados al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, incluidos en los grupos Segundo y Tercero, para 2026. A nivel nacional, las bases de cotización para este año suben de media un 2,64%.
Tal como establece la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada automáticamente para el año 2026, la cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar referidas tanto a los empleados por cuenta ajena como a los autónomos incluidos en los grupos Segundo y Tercero de dicho Régimen Especial, se efectuará sobre las remuneraciones determinadas anualmente mediante una Orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que propone el Instituto Social de la Marina, tras escuchar las recomendaciones de los representantes del sector.
La Orden ISM/31/2026, de 23 de enero, se publicó en el BOE el pasado 27 de enero y por primera vez equipara por caladero y modalidad de pesca todas las bases de cotización de los grupos Segundo y Tercero (excepto las correspondientes al palangre de superficie), siguiendo el orden establecido en el Censo Operativo de la Flota Pesquera de la Secretaría General de Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
La medida, que ya se venía aplicando desde el año 2024 en algunas zonas y artes, mejora la gestión al acercar las bases de cotización a las retribuciones reales que tienen los pescadores y marineros De este modo, todas las embarcaciones que compartan la misma modalidad de pesca y el mismo caladero tendrán la misma base de cotización, independientemente del puerto base.
Este año se establece una subida media de las bases de cotización a nivel nacional del 2,64%, porcentaje un 1,07% más alto que en 2025.
El incremento entró en vigor al día siguiente de la publicación oficial de la Orden en el BOE; esto es, el 28 de enero de 2026, pero con efectos aplicables desde el 1 de enero.
GRUPO SEGUNDO A
A nivel nacional, la subida media en las bases de cotización del grupo Segundo A (el correspondiente a las embarcaciones con un tonelaje entre 50,01 y 150 TRB) ha sido de 2,33%.
La subida media en este grupo es del 1,45% en la zona norte y del 2,47% en la zona este. El porcentaje más alto se da en la zona sur (3,06%) donde se encuentran las provincias andaluzas con litoral, más Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En esta zona, el incremento medio de las bases de cotización ha sido del 5,01% en las categorías encuadradas en los grupos 1 al 7, frente al 0,82% de la zona norte (A Coruña, Lugo, Vigo, Vilagarcía de Arousa, Asturias, Cantabria, Bizkaia y Gipuzkoa) y el 3,99% de la zona este (provincias catalanas con litoral, las valencianas, Murcia e Illes Balears).
Por lo que respecta a las categorías profesionales encuadradas en los grupos 8 a 11, la subida más alta se da en la zona norte (2,08%), frente al 1,12%, de la zona sur, y el 0,96% de la zona este.
GRUPO SEGUNDO B
La subida media en las bases de cotización para 2026 del grupo Segundo B, que engloba a barcos entre 10,01 y 50 TRB, se fija en el 2,38%. Como sucede en el grupo Segundo A, también se incrementan aquí más en la zona sur (4%), frente al 2,65% de la zona norte y un 0,49% de la zona este.
Las categorías profesionales encuadradas en los grupos 1 a 7 del grupo Segundo B suben un 5,2% en la zona sur, un 2,77% en la zona norte y un 0,99% en el este. Mientras que en la zona este no suben las cotizaciones en las categorías 8 a 11 respecto a 2025, sí lo hacen un 2,54%, en la zona norte y un 2,79% en la zona sur.
GRUPO TERCERO
Finalmente, en el grupo Tercero las bases de cotización experimentan una subida media a nivel nacional del 3,20%.
No suben en la zona este en ninguna de las categorías profesionales de este grupo. En la zona norte, la subida media se sitúa en este grupo en el 3,83%, con subidas del 8,53% en las categorías profesionales 3 y 4 en A Coruña, Lugo, Vigo, Vilagarcía de Arousa, Asturias y Cantabria y del 2,19% en las categorías 8 a 11 de estas provincias; mientras que las categorías 3 y 4 de este grupo Tercero suben un 4,18% en Bizkaia y Gipuzkoa. No suben en esta última provincia las bases de cotización de las categorías profesionales 8 y 11; mientras que en Bizkaia se incrementan un 1,75%.
En la zona sur, la cotización sube de media un 5,77%. Un 8,73% en las categorías profesionales comprendidas en los grupos 3 y 4 y un 2,80% en las categorías 8 a 11.
➡️Ver tablas en el BOE
➡️Ver más en el número 663 de la Revista MAR
Tal como establece la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogada automáticamente para el año 2026, la cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar referidas tanto a los empleados por cuenta ajena como a los autónomos incluidos en los grupos Segundo y Tercero de dicho Régimen Especial, se efectuará sobre las remuneraciones determinadas anualmente mediante una Orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que propone el Instituto Social de la Marina, tras escuchar las recomendaciones de los representantes del sector.
La Orden ISM/31/2026, de 23 de enero, se publicó en el BOE el pasado 27 de enero y por primera vez equipara por caladero y modalidad de pesca todas las bases de cotización de los grupos Segundo y Tercero (excepto las correspondientes al palangre de superficie), siguiendo el orden establecido en el Censo Operativo de la Flota Pesquera de la Secretaría General de Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
La medida, que ya se venía aplicando desde el año 2024 en algunas zonas y artes, mejora la gestión al acercar las bases de cotización a las retribuciones reales que tienen los pescadores y marineros De este modo, todas las embarcaciones que compartan la misma modalidad de pesca y el mismo caladero tendrán la misma base de cotización, independientemente del puerto base.
Este año se establece una subida media de las bases de cotización a nivel nacional del 2,64%, porcentaje un 1,07% más alto que en 2025.
El incremento entró en vigor al día siguiente de la publicación oficial de la Orden en el BOE; esto es, el 28 de enero de 2026, pero con efectos aplicables desde el 1 de enero.
GRUPO SEGUNDO A
A nivel nacional, la subida media en las bases de cotización del grupo Segundo A (el correspondiente a las embarcaciones con un tonelaje entre 50,01 y 150 TRB) ha sido de 2,33%.
La subida media en este grupo es del 1,45% en la zona norte y del 2,47% en la zona este. El porcentaje más alto se da en la zona sur (3,06%) donde se encuentran las provincias andaluzas con litoral, más Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En esta zona, el incremento medio de las bases de cotización ha sido del 5,01% en las categorías encuadradas en los grupos 1 al 7, frente al 0,82% de la zona norte (A Coruña, Lugo, Vigo, Vilagarcía de Arousa, Asturias, Cantabria, Bizkaia y Gipuzkoa) y el 3,99% de la zona este (provincias catalanas con litoral, las valencianas, Murcia e Illes Balears).
Por lo que respecta a las categorías profesionales encuadradas en los grupos 8 a 11, la subida más alta se da en la zona norte (2,08%), frente al 1,12%, de la zona sur, y el 0,96% de la zona este.
GRUPO SEGUNDO B
La subida media en las bases de cotización para 2026 del grupo Segundo B, que engloba a barcos entre 10,01 y 50 TRB, se fija en el 2,38%. Como sucede en el grupo Segundo A, también se incrementan aquí más en la zona sur (4%), frente al 2,65% de la zona norte y un 0,49% de la zona este.
Las categorías profesionales encuadradas en los grupos 1 a 7 del grupo Segundo B suben un 5,2% en la zona sur, un 2,77% en la zona norte y un 0,99% en el este. Mientras que en la zona este no suben las cotizaciones en las categorías 8 a 11 respecto a 2025, sí lo hacen un 2,54%, en la zona norte y un 2,79% en la zona sur.
GRUPO TERCERO
Finalmente, en el grupo Tercero las bases de cotización experimentan una subida media a nivel nacional del 3,20%.
No suben en la zona este en ninguna de las categorías profesionales de este grupo. En la zona norte, la subida media se sitúa en este grupo en el 3,83%, con subidas del 8,53% en las categorías profesionales 3 y 4 en A Coruña, Lugo, Vigo, Vilagarcía de Arousa, Asturias y Cantabria y del 2,19% en las categorías 8 a 11 de estas provincias; mientras que las categorías 3 y 4 de este grupo Tercero suben un 4,18% en Bizkaia y Gipuzkoa. No suben en esta última provincia las bases de cotización de las categorías profesionales 8 y 11; mientras que en Bizkaia se incrementan un 1,75%.
En la zona sur, la cotización sube de media un 5,77%. Un 8,73% en las categorías profesionales comprendidas en los grupos 3 y 4 y un 2,80% en las categorías 8 a 11.
➡️Ver tablas en el BOE
➡️Ver más en el número 663 de la Revista MAR
