Acuerdo pensiones - Revista Mar
Nuevo acuerdo sobre pensiones
01/09/2024
ISM
Ministerio
Ana Díaz
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Pensiones y los agentes sociales han alcanzado un nuevo acuerdo en materia de pensiones. Se trata del cuarto negociado por el Gobierno de coalición junto a las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT. Entre otras medidas se flexibiliza la jubilación, se involucra mejor a las Mutuas en los tratamientos sanitarios y se regulan las profesiones penosas.
El acuerdo formalizado el pasado 31 de julio por el Gobierno y los agentes sociales culmina la reforma de pensiones iniciada en 2021 con una legislación mejorada del modelo de jubilación gradual y flexible al reconocer más derechos en la jubilación parcial, un nuevo reglamento para la jubilación anticipada por trabajos penosos y nuevos incentivos para la compatibilidad de trabajo y pensión. Además de las relativas a pensiones, el acuerdo incorpora otras medidas como la recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5 para mejorar los períodos de cotización de las personas con contrato fijo-discontinuo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que anunció en una comparecencia sobre balance del curso político la consecución del acuerdo, insistió en que permitirá la compatibilidad de la pensión con el trabajo garantizando “el tránsito hacia una jubilación flexible, adaptada a cada persona”. Además, “refuerza nuestro sistema público de pensiones y lo hace más justo para millones de trabajadores y de pensionistas”, dijo.
Por su parte, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, afirmó que “el acuerdo es de máxima relevancia para los pensionistas de hoy y del futuro, así como para los desafíos del mercado de trabajo, ya que acaba con la dicotomía entre trabajador y pensionista, adaptándose a las necesidades de cada persona”.
NEGOCIACIÓN
El secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, que presidió en los últimos meses la mesa de negociación, agradeció a los agentes sociales “su capacidad para debatir mejoras en las propuestas que hemos ido planteando, lo que supone la base del éxito de estas medidas y la garantía de su vigencia a medio y largo plazo”.
Desde CCOO se destacó que el acuerdo desarrolla y completa las reformas acordadas en 2021, que buscaban acercar la edad efectiva de la jubilación a la edad legal “permitiendo anticipar tres años la edad ordinaria de jubilación más los dos años que estableció en el año 2013 el gobierno del Partido Popular”, afirmó Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas del sindicato; mientras que el secretario general de UGT, Pepe Alvárez, valoró el avance en el tema de bajas y Mutuas. “Las personas trabajadoras con bajas traumatológicas podrán acceder, previo acuerdo entre la Comunidad Autónoma y las Mutuas, a su cura en las instalaciones de las Mutuas”, señaló.
El comité ejecutivo de CEOE enfatizó en un comunicado que el acuerdo moderniza el marco de jubilación en nuestro país adecuándolo a los retos que deben afrontar las empresas. Este nuevo enfoque en materia de jubilación parcial, de jubilación activa (donde la colaboración de ATA ha sido clave en lo relativo a los autónomos), de jubilación flexible o de la prevista para las actividades consideradas penosas, peligrosas o tóxicas “se adecúa a los requerimientos actuales de la economía española y de las empresas para que puedan hacer frente a los desafíos derivados de las transiciones puestas en marcha, como la digital, la demográfica o la verde y de sostenibilidad”. Por otra parte, señaló que “permite encontrar soluciones flexibles y ajustadas a la nueva realidad y a las necesidades de la economía y el tejido empresarial de España, ratificando el valor del diálogo social como instrumento clave para lograr acuerdos estatales, amplios y duraderos en el tiempo, en beneficio del conjunto de los ciudadanos”.
JUBILACIÓN ACTIVA Y PARCIAL
Gobierno e interlocutores sociales han logrado un punto de entendimiento en los avances para regular las modalidades de compatibilidad de trabajo y pensión en lo que se refiere a la jubilación activa y la jubilación parcial. Con estas medidas lo que se pretende es que los trabajadores puedan realizar una salida del mercado de trabajo progresiva y flexible, adaptada a cada persona, en línea con lo que se hace en otros países de nuestro entorno.
En cuanto a la jubilación activa se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso, y tiene especial incidencia desde la perspectiva de género.
Esta jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore (cada año de demora en la jubilación activa incrementará el porcentaje a aplicar en la pensión). Así, por ejemplo, un año de demora supondrá el 45% de la pensión; dos años, el 55%; tres años, el 65%; cuatro años, 80% y cinco años el 100%.
El porcentaje inicial de compatibilidad de la pensión será del 75%, en el supuesto de que la actividad se realice por cuenta propia y se acredite tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, con carácter indefinido, con una antigüedad mínima de 18 meses; o si se contrata con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena que no haya tenido vínculo laboral con el trabajador autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa. Estos porcentajes se incrementarán cinco puntos porcentuales por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida.
Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial se amplía de dos a tres años la posibilidad de anticipo, con los límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, pues su contratación ha de ser indefinida, a tiempo completo, y en un puesto no amortizable.
Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera se prorroga el marco actual hasta el año 2029 incluido.
Por otra parte, se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no solo cada doce meses.
El acuerdo incluye asimismo mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos, que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el período de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
COEFICIENTES REDUCTORES
Otro de los aspectos en los que se ha avanzado es en el procedimiento para establecer coeficientes reductores (COE) de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas. La nueva regulación, más flexible, determina las circunstancias objetivas que permiten establecer COE para rebajar la edad de jubilación como pueden ser la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.
Por otra parte, también se ha logrado un consenso en la implicación de las Mutuas en la Incapacidad Temporal (IT) a la hora de colaborar con los Servicios Públicos de Salud en la realización de pruebas diagnósticas y en patologías de origen traumatológico. La medida está sujeta, no obstante, a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos. Además, se ha avanzado en abrir una línea de trabajo para hacer un seguimiento de indicadores de IT con la constitución de una comisión de control encargada de ello. “Con este nuevo marco, aprovechamos mejor los recursos de las Mutuas con el fin de recuperar la salud de los trabajadores, garantizar una atención más especializada y menos espera en los tratamientos, descongestionando el sistema público de salud”, ha dicho la ministra Elma Saiz.
La voluntad del Gobierno es llevar la reforma al Pacto de Toledo para compartir con los grupos parlamentarios el contenido del acuerdo. Desde el Ejecutivo no creen que haya gran problema en sacarlo adelante porque, a su juicio, defiende medidas que son razonables.
Ver número 647 Revista MAR
El acuerdo formalizado el pasado 31 de julio por el Gobierno y los agentes sociales culmina la reforma de pensiones iniciada en 2021 con una legislación mejorada del modelo de jubilación gradual y flexible al reconocer más derechos en la jubilación parcial, un nuevo reglamento para la jubilación anticipada por trabajos penosos y nuevos incentivos para la compatibilidad de trabajo y pensión. Además de las relativas a pensiones, el acuerdo incorpora otras medidas como la recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5 para mejorar los períodos de cotización de las personas con contrato fijo-discontinuo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que anunció en una comparecencia sobre balance del curso político la consecución del acuerdo, insistió en que permitirá la compatibilidad de la pensión con el trabajo garantizando “el tránsito hacia una jubilación flexible, adaptada a cada persona”. Además, “refuerza nuestro sistema público de pensiones y lo hace más justo para millones de trabajadores y de pensionistas”, dijo.
Por su parte, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, afirmó que “el acuerdo es de máxima relevancia para los pensionistas de hoy y del futuro, así como para los desafíos del mercado de trabajo, ya que acaba con la dicotomía entre trabajador y pensionista, adaptándose a las necesidades de cada persona”.
NEGOCIACIÓN
El secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, que presidió en los últimos meses la mesa de negociación, agradeció a los agentes sociales “su capacidad para debatir mejoras en las propuestas que hemos ido planteando, lo que supone la base del éxito de estas medidas y la garantía de su vigencia a medio y largo plazo”.
Desde CCOO se destacó que el acuerdo desarrolla y completa las reformas acordadas en 2021, que buscaban acercar la edad efectiva de la jubilación a la edad legal “permitiendo anticipar tres años la edad ordinaria de jubilación más los dos años que estableció en el año 2013 el gobierno del Partido Popular”, afirmó Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas del sindicato; mientras que el secretario general de UGT, Pepe Alvárez, valoró el avance en el tema de bajas y Mutuas. “Las personas trabajadoras con bajas traumatológicas podrán acceder, previo acuerdo entre la Comunidad Autónoma y las Mutuas, a su cura en las instalaciones de las Mutuas”, señaló.
El comité ejecutivo de CEOE enfatizó en un comunicado que el acuerdo moderniza el marco de jubilación en nuestro país adecuándolo a los retos que deben afrontar las empresas. Este nuevo enfoque en materia de jubilación parcial, de jubilación activa (donde la colaboración de ATA ha sido clave en lo relativo a los autónomos), de jubilación flexible o de la prevista para las actividades consideradas penosas, peligrosas o tóxicas “se adecúa a los requerimientos actuales de la economía española y de las empresas para que puedan hacer frente a los desafíos derivados de las transiciones puestas en marcha, como la digital, la demográfica o la verde y de sostenibilidad”. Por otra parte, señaló que “permite encontrar soluciones flexibles y ajustadas a la nueva realidad y a las necesidades de la economía y el tejido empresarial de España, ratificando el valor del diálogo social como instrumento clave para lograr acuerdos estatales, amplios y duraderos en el tiempo, en beneficio del conjunto de los ciudadanos”.
JUBILACIÓN ACTIVA Y PARCIAL
Gobierno e interlocutores sociales han logrado un punto de entendimiento en los avances para regular las modalidades de compatibilidad de trabajo y pensión en lo que se refiere a la jubilación activa y la jubilación parcial. Con estas medidas lo que se pretende es que los trabajadores puedan realizar una salida del mercado de trabajo progresiva y flexible, adaptada a cada persona, en línea con lo que se hace en otros países de nuestro entorno.
En cuanto a la jubilación activa se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso, y tiene especial incidencia desde la perspectiva de género.
Esta jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore (cada año de demora en la jubilación activa incrementará el porcentaje a aplicar en la pensión). Así, por ejemplo, un año de demora supondrá el 45% de la pensión; dos años, el 55%; tres años, el 65%; cuatro años, 80% y cinco años el 100%.
El porcentaje inicial de compatibilidad de la pensión será del 75%, en el supuesto de que la actividad se realice por cuenta propia y se acredite tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, con carácter indefinido, con una antigüedad mínima de 18 meses; o si se contrata con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena que no haya tenido vínculo laboral con el trabajador autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa. Estos porcentajes se incrementarán cinco puntos porcentuales por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida.
Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial se amplía de dos a tres años la posibilidad de anticipo, con los límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, pues su contratación ha de ser indefinida, a tiempo completo, y en un puesto no amortizable.
Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera se prorroga el marco actual hasta el año 2029 incluido.
Por otra parte, se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no solo cada doce meses.
El acuerdo incluye asimismo mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos, que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el período de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
COEFICIENTES REDUCTORES
Otro de los aspectos en los que se ha avanzado es en el procedimiento para establecer coeficientes reductores (COE) de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas. La nueva regulación, más flexible, determina las circunstancias objetivas que permiten establecer COE para rebajar la edad de jubilación como pueden ser la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.
Por otra parte, también se ha logrado un consenso en la implicación de las Mutuas en la Incapacidad Temporal (IT) a la hora de colaborar con los Servicios Públicos de Salud en la realización de pruebas diagnósticas y en patologías de origen traumatológico. La medida está sujeta, no obstante, a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos. Además, se ha avanzado en abrir una línea de trabajo para hacer un seguimiento de indicadores de IT con la constitución de una comisión de control encargada de ello. “Con este nuevo marco, aprovechamos mejor los recursos de las Mutuas con el fin de recuperar la salud de los trabajadores, garantizar una atención más especializada y menos espera en los tratamientos, descongestionando el sistema público de salud”, ha dicho la ministra Elma Saiz.
La voluntad del Gobierno es llevar la reforma al Pacto de Toledo para compartir con los grupos parlamentarios el contenido del acuerdo. Desde el Ejecutivo no creen que haya gran problema en sacarlo adelante porque, a su juicio, defiende medidas que son razonables.
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