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El Gobierno Vasco asume las competencias de litoral
26/03/2025
Medio Ambiente
José María Núñez de Castro y Patricia Romero
El Real Decreto 1310/2024, de 23 de diciembre, oficializó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias del traspaso de las competencias de litoral a Euskadi, una cesión que ya figuraba en el marco de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía del País Vasco.
Desde este momento, la gestión de litoral queda adscrita al Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, al frente del que se encuentra la consejera Amaia Barredo.
El País Vasco gestionará las autorizaciones de usos de temporada en las playas y en el mar territorial, como zonas de fondeo, pantalanes flotantes y usos análogos; las autorizaciones de actividades en las que concurran circunstancias especiales de intensidad, peligrosidad o rentabilidad; y las autorizaciones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre de sus costas.
Entre sus competencias figura también la gestión de autorizaciones de tránsito y acceso al mar, concesiones demaniales de Costas, vigilancia y sanción y las explotaciones acuícolas.
En los puertos, el Gobierno vasco otorgará las concesiones que posibiliten los proyectos y ejecución de obras fijas en el mar y aquellas que amparen las instalaciones marítimas menores como embarcaderos, pantalanes o varaderos, incluso aquellas que no formen parte de un puerto.
Por su parte, el Estado se reserva el derecho de imponer cánones por el aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre al seguir ejerciendo la titularidad sobre los derechos económicos devengados de dicho dominio.
Además, el Estado se reserva la función de rescate de las concesiones demaniales cuando haya razón de interés general vinculada a su ámbito de competencias.
El Estado también mantiene su potestad sancionadora sin que ello interfiera en las infracciones por incumplimiento de los títulos cuya gestión corresponda a la comunidad vasca.
En una comisión bipartita, ambas Administraciones cooperarán en lo que se refiere a la utilización y gestión del espacio para la construcción de nuevos puertos y vías de transporte de su titularidad.
LITORAL GALLEGO
Por su parte, la Comunidad de Galicia también está ultimando la cesión de las competencias de litoral y se encuentra a la espera de ser convocada a la Comisión Mixta de Transferencias que permitiría cerrar el traspaso de la gestión de los 2.500 km de costa de la comunidad y 1,6 millones de hectáreas terrestres y marítimas.
La negociación para el traspaso de las competencias de gestión del litoral del Estado a Galicia está próxima, una vez que la Xunta ha dado el visto bueno a la propuesta provisional que el pasado 4 de marzo le trasladó el Ministerio de Política Territorial con una memoria sobre los edificios, vehículos y personal que serán transferidos.
El próximo 23 de abril se cumple un año desde que el Tribunal Constitucional avaló la Ley de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia, conocida como Loxilga, siendo la primera comunidad española en regular a través de una normativa propia e integral su franja costera. Gráfico sobre las limitaciones y servidumbres de los terrenos del litoral.
La zona marítimo-terrestre incluye la ribera del mar y de las rías. El límite hasta donde alcancen las olas en los mayores temporales conocidos. La zona de protección de servidumbre puede alcanzar hasta los 200 metros. En la zona de influencia las construcciones deben adaptarse a lo establecido en la legislación urbanística, evitando pantallas arquitectónicas.