Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga una mejor experiencia de usuario. Las cookies no se utilizan para recoger información de caracter personal.
Si continúa navegando se considera que acepta su uso. Para más información consulte nuestra política de cookies.
El Consejo de Ministros aprobó el 28 de abril de 2026 el anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) para actualizar la norma de 1995. Los cambios clave incluyen el reconocimiento de la salud mental y riesgos psicosociales, la evaluación de riesgos por cambio climático, ciberacoso y el uso de IA, además de reforzar la vigilancia de la salud.
Por primera vez, la ley reconocerá de forma explícita los daños mentales, emocionales y sociales derivados del trabajo. En la pesca, la soledad, el aislamiento prolongado, la presión económica o la falta de descanso pasan a considerarse riesgos evaluables. Las empresas deberán incluir estos factores en sus evaluaciones y en la vigilancia de la salud, incorporando indicadores psicosociales a los reconocimientos médicos.
El estrés crónico, la fatiga o los trastornos del sueño dejarán de ser asumidos como inherentes al oficio y se convierten en ámbitos de actuación preventiva, con especial impacto en la seguridad de las maniobras y la toma de decisiones.
PRINCIPALES MEDIDAS
La incorporación de sistemas digitales de control, geolocalización, comunicaciones permanentes o gestión remota de flotas obliga a garantizar el derecho a la desconexión digital. La reforma establece que las tecnologías no pueden incrementar el riesgo laboral, lo que en la pesca implicará límites claros al uso continuo de dispositivos fuera de los tiempos de trabajo efectivo. La disponibilidad permanente, habitual en flotas de altura o gran altura, deberá revisarse para evitar impactos en la salud mental y la fatiga acumulada tanto de patrones como de tripulantes.
El cambio climático entra de lleno en la prevención. Fenómenos meteorológicos adversos, olas de calor, temporales más intensos o cambios bruscos en las condiciones del mar deberán incorporarse a la evaluación de riesgos. El anteproyecto de ley prevé la obligación de adoptar medidas de actuación ante catástrofes naturales y eventos extremos, lo que afecta a la planificación de campañas, salidas a la mar y protocolos de emergencia. Para el sector pesquero, supondrá reforzar la toma de decisiones preventivas frente a presiones económicas que tradicionalmente empujaban a faenar en condiciones límite.
La prevención incorporará de forma transversal la perspectiva de género y edad. En la pesca, donde aumenta la presencia femenina en flotas y actividades auxiliares, los equipos de protección deberán adaptarse a las diferentes características físicas y antropométricas. El anteproyecto de ley refuerza también la protección de la maternidad, priorizando la adaptación del puesto o la reasignación sin pérdida salarial antes de la baja por riesgo. Asimismo, se exigirá considerar la edad en la evaluación preventiva, un punto crítico en un sector con elevada media de edad y exigencias físicas intensas.
FORMACIÓN Y CONTROL
La reforma endurece los requisitos de organización preventiva. La formación práctica deberá ser presencial, salvo excepciones justificadas, algo especialmente relevante para trabajos a bordo que requieren entrenamiento real en maniobras, uso de artes, estabilidad o emergencias. Las evaluaciones de riesgos deberán revisarse ante cambios organizativos y realizarse mediante visitas presenciales, reforzando el papel de la inspección en sectores peligrosos. Además, se reducirá el umbral para la autogestión preventiva y para la obligatoriedad de servicios de prevención propios, lo que afectará a cofradías, armadores y empresas auxiliares.
Más allá de las obligaciones concretas, la reforma apuesta por un cambio cultural. En la pesca, tradicionalmente marcada por la asunción del riesgo, el anteproyecto de ley impulsa una prevención compartida por armadores, patrones y tripulación. Integrar la seguridad en cada decisión operativa se convierte en una condición para la sostenibilidad social del sector. Ahora el anterproyecto deberá ser debatido en vía parlamentaria.
¿CÓMO SE APLICARÁ?
La reforma contenida en el anteproyecto que se ha remitido al Congreso, prevé que en zonas consteras se despliegue en distintos niveles. En centros de trabajo como lonjas, muelles, astilleros, cofradías o fábricas pesqueras, las evaluaciones preventivas deberán tener en cuenta la actividad y el entorno litoral: humedad, viento, mareas, superficies resbaladizas, ruido, trabajo nocturno o manipulación de cargas. Cualquier cambio organizativo exigirá revisar y actualizar la evaluación.
En el trabajo a bordo con base en tierra, la planificación de mareas, descansos, dotaciones y tiempos de actividad deberá incorporar criterios preventivos, incluidos la fatiga y los riesgos psicosociales, aunque la faena principal se realice fuera del puerto. La empresa armadora será responsable de integrar la prevención en toda la cadena.
Se reforzará la evaluación de riesgos meteorológicos, obligando a planificar cómo actuar ante temporales, olas de calor, inundaciones o mala mar.
También se intensificará la coordinación entre empresas que coinciden en puertos y áreas litorales, con intercambio de información y responsabilidades claras.
La Inspección de Trabajo contará con mayor presencia, especialmente en microempresas y flotas artesanales.
Por último, se incorporará una perspectiva social y territorial, adaptando la prevención a la estacionalidad, el envejecimiento de plantillas y la mayor presencia de mujeres.