En marzo de 2023, después de muchos años de negociaciones, se aprobó el Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional (BBNJ por sus siglas en inglés). Recientemente, el Gobierno de España lo ha ratificado.
Es importante que los lectores sean conscientes de que el BBNJ aborda cuatro temas:
- Los recursos genéticos marinos, incluida la distribución justa y equitativa de los beneficios.
- Las herramientas de gestión basadas en áreas (ABMT), incluidas las áreas marinas protegidas (AMP).
- Las evaluaciones de impacto ambiental.
- La creación de capacidades y transferencia de tecnología marina.
Las herramientas de gestión basadas en áreas y las evaluaciones de impacto ambiental se relacionan principalmente con la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina, mientras que los recursos genéticos marinos y la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina incluyen cuestiones de justicia y equidad económicas.
Desde Cepesca acogimos en su día con satisfacción este acuerdo, ya que creemos que podrá desempeñar un papel fundamental en la protección y el uso sostenible de zonas marinas que no están suficientemente reguladas para determinadas actividades económicas, respetando y aprovechando el éxito de la gestión pesquera.
Nosotros valoramos el reconocimiento a la gran labor que las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) vienen realizando desde hace décadas en materia de gestión pesquera y protección del medio ambiente. Este reconocimiento se ve reflejado en las disposiciones que establecen que no se puede menoscabar el alcance y el mandato de las OROP y que se deben respetar sus competencias. Así mismo, las disposiciones sobre recursos genéticos marinos no se aplicarán a la pesca regulada por el derecho internacional pertinente.
Esto es importante porque la pesca es la actividad más regulada en alta mar y es un buen ejemplo de cómo se pueden gestionar y proteger los ecosistemas marinos. En este sentido, si tenemos datos sólidos sobre los ecosistemas marinos en alta mar es, principalmente, por los datos que reportan nuestros pescadores. Ninguna otra actividad marina opera bajo un marco tan transparente y efectivo como el nuestro.
Lo que nos preocupa es que determinados grupos de presión y algunos gobiernos están simplificando el alcance del BBNJ a la creación de AMP en el 30% de las zonas de alta mar, dando a entender que en estas zonas no debería permitirse la pesca. El lector no debería dejarse confundir. Como decía antes, la pesca ya está regulada y, en su caso, deberían ser las OROP las que decidieran crear las AMP que afecten a la actividad pesquera y, en su caso, las otras medidas eficaces de conservación en áreas pesqueras (OECM). Todo ello debería hacerse basándose en las mejores recomendaciones científicas, caso por caso, y garantizando el equilibrio entre conservación y actividad económica, sin amenazar la producción de alimentos, tal y como se menciona en el artículo 2 del Acuerdo de París.
Esperemos que los gobiernos sean capaces de cumplir estos objetivos y que no se dejen influenciar por los que quieren aprovechar este acuerdo para atacar y limitar las actividades pesqueras en alta mar. Queremos seguir siendo un sector esencial y estratégico en el mundo, produciendo la proteína animal más saludable y con menor impacto de huella de carbono, tanto en las zonas económicas exclusivas como en alta mar.
(*) Javier Garat
Secretario general de CEPESCA
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número 654 de la revista Mar