50 años de Marpol

01/12/2023

Marina mercante

José Julián Suárez
buque petrolero derramando fuel en puerto

La actividad de los buques genera gran cantidad de residuos, residuos oleosos, que provienen de las operaciones de máquinas de los barcos, de sustancias peligrosas que se transportan, de las aguas de los baños, urinarios, de las basuras que se generan en los barcos… Además, los buques sufren abordajes, averías o varadas que suponen un peligro para el medioambiente marino y la salud de las personas.  

El Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, conocido universalmente como MARPOL, que este mes cumple 50 años, es la norma de referencia en la contaminación marítima y de la que han emanado gran cantidad de normas internacionales y nacionales. 

Durante estos 50 años el MARPOL ha sido un Convenio “vivo” que ha cambiado y se ha enmendado en función de las necesidades y de los acontecimientos marítimos y medioambientales. Esta normativa recoge las reglas para prevenir la contaminación derivada de las operaciones habituales de los barcos, bien de incidentes o accidentes de estos. Además, el MARPOL recoge medidas para disminuir la contaminación atmosférica y aumentar la eficiencia energética de los buques.

Su origen está en los años 70, fecha en la que diferentes desastres ecológicos hicieron que la comunidad internacional y marítima demandara la necesidad  de regular a nivel mundial ciertos aspectos de los buques para evitar o reducir las contaminaciones: en 1960 el petrolero “Sinclarir Patrolore” en Brasil derramó 66.550 toneladas de petróleo, el Torrey Canyon (Bretaña, 1967) naufragó derramando más de 123.000 toneladas de petróleo, el Urquiola (Galicia, 1976), más de 100.000 toneladas acabaron en el mar después de que el barco quedara encallado y posteriormente se prendiera fuego, el Olympic Braveary (Francia, 1976), al partirse en dos su casco, descargó más de 250.000 toneladas de petróleo.

Simulacro de ejercicio anticontaminación de Sasemar en Santander.
Simulacro de ejercicio anticontaminación de Sasemar en Santander.

El desastre ecológico producido por el Torrey Canyon hizo que la Organización Marítima Internacional (OMI) convocará un periodo de sesiones extraordinarias del Consejo, para establecer un plan de acción que luego se reflejaría en diversas enmiendas del Convenio OILPOl (predecesor del MARPOL). 

En 1969 la Asamblea de la OMI convoca una conferencia para la elaboración de un nuevo Convenio, MARPOL. En 1973, la OMI aprueba el Convenio, que posteriormente ha sido enmendado por los Protocolos de 1978 y 1997.

El Convenio consta de dos Protocolos y de seis Anexos Técnicos con una serie de reglas que se modifican y de las que a su vez salen nuevas Resoluciones. 

El Protocolo de 1973 consta de 20 artículos:

  • Obligaciones Generales en Virtud del Convenio (Art. 1): El compromiso de cumplimiento.
  • Definiciones (Art. 2): Descripción de los términos que van a ser utilizados en el mismo: Sustancia perjudicial, descarga, buque.
  • Ámbito de Aplicación (Art. 3): Aquellos buques con pabellón de uno de los países firmantes o aquellos buques que a pesar de enarbolar un pabellón de un país no firmante operen bajo autoridad de un país firmante.
  • Transgresiones (Art. 4): Se explican las vías para sancionar cualquier incumplimiento.
  • Certificados y Reglas Especiales sobre Inspecciones del Buque (Art. 5): Normas generales para la expedición de Certificados y sobre la inspección que asiste a los Estados firmantes.
  • Detención de Transgresiones del Convenio y Cumplimiento de éste (Art. 6). 
  • Demoras innecesarias a los buques (Art. 7): Se establece el compromiso de no causar retrasos innecesarias a los buques con motivo de las inspecciones o investigaciones de posibles transgresiones.
  • Cuestiones Generales (Art. 8 hasta el Art. 20): Argumentario relacionado con el cumplimiento del Convenio.
Planta de tratamiento de aguas sucias del buque hospital Esperanza del Mar.
Planta de tratamiento de aguas sucias del buque hospital Esperanza del Mar.

El protocolo de 1978 amplía las normas del protocolo anterior mediante 9 artículos.
La ratificación del MARPOL 73/78 implica la aceptación de los protocolos y de los anexos I y II. Los anexos III, IV, V y VI pueden ser aceptados de forma voluntaria por cada Estado, con la ratificación independiente, así la entrada en vigor de los protocolos y anexos varía.

Anexo I: Reglas para Prevenir la Contaminación por Hidrocarburos. Este anexo contiene 9 Capítulos con 43 Reglas y tiene también 3 apéndices. En este anexo se trata la prevención de la contaminación por hidrocarburos tanto si proviene de derrames como de operaciones.  Muy importante fue la obligación del doble casco para los petroleros nuevos a partir de 1992 y del calendario progresivo para los existentes.

Anexo II: Reglas para Prevenir la Contaminación por Sustancias Nocivas Líquidas Transportadas a Granel, con 8 Capítulos y 18 Reglas. El anexo II contiene también 7 Apéndices, este anexo recoge los criterios relativos a las descargas y la prevención de la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel. Estas sustancias nocivas son unas 250 y se clasifican en 4 categorías en función de su peligrosidad para el medio marino y para la salud.

Anexo III: Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos. Consta de 8 reglas y un apéndice, y recoge de forma muy general como se deben de transportar las sustancias en cuanto a su embalaje, marcado o etiquetado, de las sustancias definidas en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas.

Anexo IV: Reglas para Prevenir la Contaminación por las Aguas Sucias de los Buques, siendo estas las que provienen de los baños, urinarios, desagües de lavabos, lavaderos y locales de servicios médicos, desagües de espacios donde se transporten animales vivos y cualquier otro desagüe cuyas aguas están mezcladas con las anteriores. Este anexo tiene 13 reglas y un apéndice.

Anexo V: Reglas para Prevenir la Contaminación por las Basuras de los Buques, que recoge cómo se eliminan las basuras y su descarga. Tiene 9 reglas y un apéndice.

Anexo VI: Reglas para Prevenir la Contaminación Atmosférica Ocasionada por los Buques, recoge principalmente una serie de medidas para reducir la emisión de Óxidos de Nitrógeno a la atmosfera de determinados motores, así como el contenido de Azufre, de los combustibles de los buques. De este anexo sale un Código Técnico relativo al control de las emisiones de Óxidos de Nitrógeno de los motores diésel marinos.

Contenedor de basura para plásticos en el puerto..
Contenedor de basura para plásticos en el puerto..

Los Anexos recogen las inspecciones, reconocimientos correspondientes, en función del tonelaje, el tipo de buque y la navegación que realice, así como la emisión de los certificados internaciones MARPOL:

  • Certificado Internacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos (Certificado IOPP).
  • Certificado Internacional de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias.
  • Certificado Internacional de Prevención de La Contaminación Atmosférica.

Sin lugar a dudas MARPOL funciona, ha tenido éxito, las contaminaciones marítimas provenientes de los barcos disminuyen y se está contribuyendo a la reducción de la huella de Carbono. Además supone un instrumento de control, y en su caso, sanción, y los 160 países que han ratificado el Convenio son muestra también del éxito de éste. 

José Julián Suárez
Director Provincial del ISM en Las Palmas
Licenciado en Máquinas Navales

Revista Mar 640 del mes de diciembre

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