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CANARIAS
Sí a la pesca de túnidos
29/02/2024
De costa a costa
De costa a costa
Ana Díaz

El Consejo de Ministros del pasado 30 de enero aprobó, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, un Real Decreto por el que se determinan las normas de seguridad y prevención de la contaminación que deben cumplir los pesqueros canarios, de menos de 24 metros de eslora, para participar en las campañas de pesca de bonito del norte y túnidos en el archipiélago.
Con este Real Decreto, 119/2024, de 30 de enero, que modifica el RD 543/2007, de 27 de abril, se da respuesta a una demanda reiterada del sector pesquero canario que podrá participar, mediante un cambio de clasificación o ampliación de su zona de actividad temporal, en las campañas de pesca de túnidos (de marzo a junio) y bonito del norte (de junio a septiembre) de este mismo año.
La nueva normativa garantiza la seguridad marítima y evita que los buques afectados tengan que tramitar un cambio de clasificación definitivo, lo que supondría mayor burocracia y el consecuente expediente de obra de reforma.
El Real Decreto aprobado define las normas de seguridad y prevención de la contaminación a cumplir por las embarcaciones pesqueras y el procedimiento por el que podrán acogerse al nuevo sistema. Así, será el director general de la Marina Mercante el que emita la autorización, previo informe de Capitanía Marítima, garantizando que resultan seguras para las nuevas condiciones de servicio.
También permitirá a los pesqueros menores de 24 metros de eslora ampliar su zona de navegación y desarrollar la actividad de pesca de túnidos durante todo el año en los espacios marítimos interinsulares, así como hasta 30 millas, o incluso 45 millas de la costa, entre los meses de marzo a junio.
Todo ello en el marco de los objetivos de la política del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible de tutelar la seguridad marítima y la protección del medio ambiente marino garantizando, al mismo tiempo, la seguridad de la vida humana en el mar.
Ver número 643 MAR
Con este Real Decreto, 119/2024, de 30 de enero, que modifica el RD 543/2007, de 27 de abril, se da respuesta a una demanda reiterada del sector pesquero canario que podrá participar, mediante un cambio de clasificación o ampliación de su zona de actividad temporal, en las campañas de pesca de túnidos (de marzo a junio) y bonito del norte (de junio a septiembre) de este mismo año.
La nueva normativa garantiza la seguridad marítima y evita que los buques afectados tengan que tramitar un cambio de clasificación definitivo, lo que supondría mayor burocracia y el consecuente expediente de obra de reforma.
El Real Decreto aprobado define las normas de seguridad y prevención de la contaminación a cumplir por las embarcaciones pesqueras y el procedimiento por el que podrán acogerse al nuevo sistema. Así, será el director general de la Marina Mercante el que emita la autorización, previo informe de Capitanía Marítima, garantizando que resultan seguras para las nuevas condiciones de servicio.
También permitirá a los pesqueros menores de 24 metros de eslora ampliar su zona de navegación y desarrollar la actividad de pesca de túnidos durante todo el año en los espacios marítimos interinsulares, así como hasta 30 millas, o incluso 45 millas de la costa, entre los meses de marzo a junio.
Todo ello en el marco de los objetivos de la política del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible de tutelar la seguridad marítima y la protección del medio ambiente marino garantizando, al mismo tiempo, la seguridad de la vida humana en el mar.
Ver número 643 MAR
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