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APROBADO UN NUEVO REAL DECRETO PARA REGULAR LA PESCA PENINSULAR

Novedades en caladeros nacionales

01/09/2022

Pesca

Patricia Romero Alonso
Pala arrastre primer plano Almería

Las aguas españolas están divididas en cuatro caladeros, Cantábrico- Noroeste, Golfo de Cádiz, Canarias y Mediterráneo, considerados como unidades de gestión diferenciados que han estado regulados por siete reales decretos publicados entre 1993 y 2006 y numerosas normas locales que a partir de ahora se condensan en el nuevo Real Decreto.

Hay que tener en cuenta, que este Real Decreto no afecta al caladero de Canarias, que continuará rigiéndose por sus normas vigentes, salvo algunas disposiciones de carácter transversal que tendrá que adoptar como los cambios de modalidad de pesca según la fecha del año y los intercambios de censo.

Tampoco afectará a otras normas que regulan determinadas pesquerías o actividades como la pesca del coral rojo o del atún rojo, o cuestiones como las tallas mínimas, que continuarán rigiéndose por la misma normativa.

La ley actualiza y simplifica conceptos y ofrece claridad a los mecanismos de intercambio de censo y a los cambios temporales de modalidad a la hora de gestionar las cuotas correspondientes, de vital importancia para el sector.

Se regulan las temporadas de pesca, horarios de presencia en el mar, aparejos, dimensiones de las mallas y las características técnicas para la pesca de arrastre de fondo y la pesca a caña.

Para reforzar la seguridad jurídica, se ha modificado el reglamento sancionador para aguas exteriores en relación con las fianzas o garantías financieras, competencia de la Secretaría General de Pesca.

La parte general del Real Decreto regula los aspectos transversales de las pesquerías, comunes a diversos artes, censos y caladeros. Se recogen requisitos de aplicación para todas las embarcaciones sobre la potencia de los motores, el arqueo bruto (GT) o la eslora de los buques. También alude a la necesidad de fomentar la digitalización en el sector.

SIETE CAPÍTULOS

El Real Decreto se estructura en siete capítulos, el primero de ellos con disposiciones generales y el resto destinados a diseccionar cada una de las artes.

Las reglas especiales en función del arte se recogen en varios capítulos, y se estructuran en arrastre de fondo (que requerirá de una mayor regulación futura), cerco, volanta, rasco y palangre de fondo y artes menores.

En el caladero del Golfo de Cádiz bajo el epígrafe de artes fijos se agrupaban un gran número de modalidades de pesca sin definir que ahora pasan a englobarse en los apartados de enmalle, anzuelo, volanta, palangre y otros.

Como novedad las modalidades de volanta, palangre de fondo y rasco dejarán de considerarse artes menores y se regularán como modalidades propias. Estas modificaciones tratan de aportar una mayor precisión a la clasificación de estas artes de pesca.

barco con boquerones
Descarga de boquerón en Carboneras, Almería.

Existe un capítulo destinado a la sostenibilidad con medidas para la mitigación de las capturas accidentales de especies marinas protegidas donde se incluye el régimen sancionador. También se ha redactado un capítulo completo destinado al régimen sancionador donde se detallan de manera precisa las infracciones y sanciones por incumplimiento.

Es en los anexos donde se abordan temas mucho más específicos como el esfuerzo pesquero permitido a los buques arrastreros en el Mediterráneo, las excepciones a los fondos mínimos para aguas de Cataluña y Comunidad Valenciana, las fórmulas para medir el tamaño de las mallas, las características técnicas para el cerco, los anzuelos, enmalle, enredo y parada.

De especial interés para el sector es la relación que figura de censos homólogos a efectos de intercambios y cambios de censo definitivo entre barcos.

Tras su publicación, algunas voces del sector han manifestado su descontento, especialmente en el Caladero Mediterráneo. El presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones Pesqueras, José María Gallart, ha lamentado que el Real Decreto no haya tenido en cuenta las alegaciones presentadas por los profesionales de tal manera que se dificulta aún más la pesca de arrastre, como la norma que obliga a aumentar el largo del copo de los 2 a los 3 metros, lo que supondría una enorme reducción de las capturas.

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